Inicio › Guías › Depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil

Depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil

Actualizado el 11 de agosto de 2026

Depositar las cuentas es una obligación mercantil, no fiscal: no va a Hacienda, va al Registro Mercantil. Y no cumplirla cierra la hoja registral de la sociedad.

En resumen

Obligación mercantil, no fiscal: va al Registro Mercantil y no sustituye al modelo 200. La cadena es formular en 3 meses, aprobar en junta dentro de los 6 primeros meses y depositar en el mes siguiente a la aprobación. No depositar puede cerrar la hoja registral de la sociedad.

Pantalla del deposito de cuentas en ApunteX con el balance comparativo de dos ejercicios
El deposito en ApunteX: balance comparativo, modelo de cuentas y aplicacion del resultado.

Los tres plazos que hay que encadenar

El calendario no es una sola fecha, sino una cadena de tres. Para una sociedad con ejercicio coincidente con el año natural:

PasoPlazoFecha límite habitual
Formulación por el órgano de administración 3 meses desde el cierre del ejercicio31 de marzo
Aprobación por la junta general 6 primeros meses del ejercicio siguiente30 de junio
Depósito en el Registro Mercantil 1 mes desde la aprobación30 de julio (solo si la junta aprobó el 30 de junio)

La única fecha fija de las tres es la del depósito en relación con la aprobación: un mes desde que la junta aprueba. El 30 de julio es lo habitual porque lo habitual es apurar la junta al 30 de junio, pero no es un plazo absoluto.

El plazo del depósito cuenta desde la aprobación real, no desde el 30 de junio: si la junta aprueba las cuentas el 15 de mayo, el mes empieza a correr ese día.

Qué documentos se depositan

  • Balance, en su modelo normal, abreviado o de pymes según el tamaño de la sociedad.
  • Cuenta de pérdidas y ganancias.
  • Memoria.
  • Los estados que correspondan según el modelo de cuentas aplicable —estado de cambios en el patrimonio neto y estado de flujos de efectivo—. Qué modelo te toca depende del tamaño de la sociedad, y no todas presentan todos los estados.
  • Certificación del acuerdo de la junta que aprueba las cuentas y la aplicación del resultado, debidamente firmada.
  • Instancia de presentación y hoja de datos generales de identificación.
  • Declaración de identificación del titular real, que debe acompañar al depósito en los términos establecidos por la normativa. Su ausencia puede dar lugar a una calificación negativa.
  • Informe de gestión e informe de auditoría, cuando la sociedad esté obligada a auditarse.

Cómo se presenta

La vía habitual es la presentación telemática con certificado electrónico. Las cuentas se preparan con un programa que genera el fichero electrónico conforme a la taxonomía publicada por el ICAC, junto con la memoria y los datos de presentación, y todo ello se envía al Registro Mercantil competente.

El registrador califica la presentación. Si encuentra defectos —una cifra que no cuadra, la certificación sin legitimar, el titular real incompleto— notifica el defecto y hay que subsanarlo. Mientras no se subsane, el depósito no está hecho, aunque se presentara dentro de plazo.

Qué pasa si no se depositan

Las consecuencias son de dos tipos, y ninguna es menor:

  • Cierre de la hoja registral. Transcurrido un año desde el cierre del ejercicio sin haber depositado, se produce el cierre registral en los supuestos previstos por la ley, y entonces el Registro no inscribe casi ningún documento de la sociedad: cambios de administrador, de domicilio, ampliaciones de capital, apoderamientos. La sociedad queda bloqueada en la práctica.
  • Régimen sancionador. El incumplimiento puede dar lugar a un procedimiento sancionador y a una multa, con el alcance y los criterios que fija la normativa.

A eso se suma el efecto reputacional: un banco que va a estudiar una financiación consulta el registro, y una sociedad sin cuentas depositadas es una señal de alarma inmediata.

Coherencia con el modelo 200

El balance y la cuenta de pérdidas y ganancias que se depositan tienen que ser los mismos que van dentro del modelo 200. Son dos administraciones distintas —Registro Mercantil y Agencia Tributaria— mirando las mismas cifras, y la discrepancia entre ambas es detectable y difícil de justificar.

Por eso lo lógico es cerrar el ejercicio una sola vez y que de ese cierre salgan las dos cosas, en vez de rehacer las cuentas en julio para el impuesto y otra vez en verano para el registro.

En ApunteX el modelo 200 y el fichero del depósito salen del mismo cierre, así que las cifras que ve Hacienda y las que ve el Registro son las mismas por construcción.

Qué es el depósito de cuentas

Las sociedades mercantiles están obligadas a depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil de su domicilio social. Es una obligación de la Ley de Sociedades de Capital y del Código de Comercio, independiente de la fiscal: presentar el modelo 200 en julio no sustituye al depósito, ni al revés.

Su finalidad es la publicidad: cualquiera —un banco, un proveedor, un cliente, un competidor— puede consultar las cuentas depositadas de una sociedad. Es la contrapartida de la responsabilidad limitada.

Con ApunteX

ApunteX cierra el ejercicio y de ahí obtiene tanto las cuentas anuales como el modelo 200, de modo que ambos parten de las mismas cifras. Prepara el fichero electrónico del depósito con la taxonomía del ICAC, la memoria y los datos de presentación, incluida la declaración de titular real, listos para presentar en el Registro Mercantil.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el plazo para depositar las cuentas anuales?

Un mes desde su aprobación por la junta general. Como la junta debe celebrarse en los seis primeros meses del ejercicio siguiente, si se aprueba el 30 de junio el límite es el 30 de julio; pero el mes cuenta desde la aprobación real, así que aprobar antes adelanta también el depósito.

¿Qué pasa si no deposito las cuentas anuales?

Transcurrido un año desde el cierre del ejercicio sin depositar se produce el cierre registral en los supuestos previstos por la ley, y el Registro deja de inscribir casi todos los documentos de la sociedad. Además, el incumplimiento puede dar lugar a un procedimiento sancionador y a una multa.

¿Depositar las cuentas es lo mismo que presentar el Impuesto sobre Sociedades?

No. El modelo 200 se presenta ante la Agencia Tributaria en julio; el depósito se hace en el Registro Mercantil. Son obligaciones independientes, aunque el balance y la cuenta de pérdidas y ganancias deben coincidir en ambos.

¿Una sociedad sin actividad tiene que depositar cuentas?

Sí. La obligación deriva de la existencia de la sociedad, no de su actividad. Una sociedad inactiva deposita sus cuentas igualmente, con las cifras que correspondan.

Cómo se hace en ApunteX

Los capítulos del manual de uso que lo enseñan paso a paso, con capturas:

Seguir leyendo

Elige según tu actividad o tu programa de origen

Las cuentas anuales, listas para el Registro

ApunteX genera el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria en el formato que admite el programa D2 del Registro Mercantil.

Descargar · 15 días gratis

Ver cuánto cuesta